“Es una discriminación en todas sus formas de parte de las personas que están en la mesa y de parte de los uniformados que no nos dejan entrar a los centros de votación”, son algunas de las dificultades que tienen las personas transgénero al momento de ejercer el voto.
Pese a que la ley mandata que en un ambiente libre de discriminación podrán emitir el sufragio las personas lesbianas, gay, bisexuales, trans y los intersexuales, además que no se le denegara su derecho cuando la fotografía del Documento Único de Identidad no coincida con su apariencia, para ello, la Junta Receptora de Votos debe verificar rasgos físicos, que haya coincidencia entre nombre, numero de DUI y firmas con los datos del padrón electoral.
Sin embargo, el poder votar o no, será decisión de los miembros de la JRV.
De acuerdo al código electoral, el sufragio es un derecho y un deber de los ciudadanos, su ejercicio es indelegable e irrenunciable, el voto es libre, directo, igualitario y secreto.