Empleados públicos que ya estén jubilados o que reciban una pensión, podrán acogerse a una ley que aprobó la Asamblea Legislativa orientada a estimular el retiro voluntario de este personal a través de una compensación económica.
La nueva normativa aplica a servidores públicos del órgano ejecutivo, ministerios, instituciones autónomas y entidades descentralizadas no empresariales, no así para el órgano legislativo y judicial, tampoco el personal militar, ni trabajadores del sector financiero estatal: la Superintendencia del Sistema Financiero, el Fondo Social para la Vivienda, Banco de Desarrollo de El Salvador y el Banco de Fomento Agropecuario.
Quienes se acojan a la ley pueden estar bajo el régimen de ley de salario o contrato y no podrán optar a laborar en el sector público durante el periodo de diez años.
¿Cuánto es el monto de la compensación?
La compensación económica que se pagará en dos cuotas iguales, se calculará con base al último salario devengado y se pagará un salario por cada año laborado o fracción mayor de seis meses de servicio consecutivo en cualquier dependencia del sector público, hasta un límite máximo de 25,000 dólares, exento de pago de impuesto sobre la renta.
¿Qué deben hacer los interesados?
Presentar en el área de recursos humanos, su renuncia con la clara expresión de su voluntad de acogerse a la compensación económica, en un plazo que no exceda de 30 días previos a la caducidad de la ley en referencia.
Presentar constancia de la resolución emitida por las instancias correspondientes que certifique su calidad de jubilado o pensionado.
Se estima que al menos 5,000 servidores públicos podrían acogerse a esta disposición que tendrá una vigencia de seis meses a partir de su publicación en el diario oficial.