
La impuntualidad recurrente en el empleo puede derivar en sanciones económicas e incluso en la pérdida del puesto. Según el Código de Trabajo, el empleador tiene la facultad de descontar del salario los minutos u horas de retraso acumulados.
Un trabajador consultado señaló que el descuento aplicado por su empleador asciende a un dólar por cada llegada tardía.
Sin embargo, la acumulación de faltas de puntualidad puede escalar hasta la terminación del contrato laboral.
La normativa no establece un número fijo de retrasos, sino que califica la reincidencia como causal de despido.