
Los días 3 y 5 de agosto son días que se tienen que remunerar a quienes trabajen en el distrito de San Salvador, mientras que el 6 de ese mes debe considerarse también un pago doble a nivel nacional.
Además, que la ley de asuetos y vacaciones de empleados públicos establece que el periodo de vacación para este sector inicia del 1 al 6 de agosto.
En caso que usted deba trabajar en un rubro que no puede parar recibirá una compensación extra a su día laborado.
En caso que usted no resida en San Salvador y la empresa donde labora tampoco esté ubicada en la capital ¿se puede acoger a los asuetos en agosto?
En caso no le cancelen doble el día de asueto, los especialistas recomiendan presentar el caso ante el Ministerio de Trabajo para que la entidad desarrolle un proceso y le sea cancelado doble el día trabajado.