Para este año 2025, los salvadoreños marcan en su calendario los dÃas de asueto, según lo establecido el código de trabajo, algunos por eventos religiosos, fiestas patronales y otras celebraciones, por lo que debe tomar en cuenta las siguientes fechas:
-semana santa: jueves, viernes y sábado –abril
-dÃa del trabajador: 1 de mayo
-dÃa de la madre: 10 de mayo
-dÃa del padre: 17 de junio
-fiestas de san salvador: 6 de agosto
-dÃa de la independencia: 15 de septiembre
-dÃa de los difuntos: 2 de noviembre
-navidad: 25 de diciembre
-año nuevo: 1 enero 2026
Este año, solo el dÃa de la madre y el dÃa de los difuntos serán en fin de semana, el resto de los dÃas festivos entre lunes y viernes.
Pero si en estas fechas usted labora, los dÃas deben ser pagados dobles, ya que según lo estipulado en el código de trabajo, especÃficamente en el artÃculo 192, los trabajadores que de común acuerdo con su patrono trabajen en dÃa de asueto, devengarán un salario extraordinario integrado por el salario ordinario más un recargo del ciento por ciento de éste .
Si desarrollo una jornada laboral y no le fue remunerada, o no en el porcentaje que determina la ley, puede denunciarlo en el call center del ministerio de trabajo marcando el 130 o a través de las redes sociales.