Apegándose al artículo 106 de la Constitución de la República, la normativa aprobada con 62 votos permitirá a la recién creada Dirección de Obras Municipales expropiar inmuebles que considere de interés público, solo con la autorización de un juez de primera instancia con jurisdicción en materia civil.
Según los diputados esta ley de dominio eminente para obras municipales establecerá un procedimiento legal que se deberá seguir en aquellos casos donde el propietario del inmueble y la DOM no logren un acuerdo.
Algunos diputados criticaron la ley asegurando que se violentaran los derechos de los dueños de los inmuebles y que estos solo deberán aceptar el precio que brinde el Estado.
Además la Asamblea aprobó la ley simplificada de adquisiciones para obras municipales que permitirá ampliar y agilizar los procesos de adjudicación de proyectos que ejecutara la Dirección de Obras Municipales.