Del 12 al 20 de diciembre se cumplió el plazo legal para que las empresas entregaran de manera obligatoria el aguinaldo a sus trabajadores, el cual consiste en una remuneración económica adicional al pago del salario del mes de diciembre, que se calcula con base al tiempo que el colaborador tiene de prestar sus servicios al empleador.
El impago de esta prestación económica incurre en un delito para las empresas que se nieguen a cancelarlo en la fecha establecida y que constituye una sanción grave que podría ser castigada hasta con 12 salarios mínimos del sector comercio y servicios; de acuerdo con las reformas realizadas al artículo 627 del código de trabajo.
En ese sentido, el Ministerio de Trabajo ha desplegado 600 inspectores en diferentes empresas para verificar el pago del aguinaldo; por lo que también ponen a disposición de la población el número 130 a través del cual podrán interponer sus denuncias por el incumplimiento del pago de este beneficio.
En esta misma línea telefónica, también podrá denunciar el impago de otras prestaciones como AFP, seguro social, préstamos bancarios, cuotas de vivienda, inclusive el no pago de salarios, entre otras irregularidades.
El Ministerio también estableció un horario especial los días 27, 28 y 29 de diciembre en las oficinas departamentales y regionales; para atender cualquier servicio en materia laboral al que tienen derecho los trabajadores, en los horarios de 7:30 de mañana hasta las 12 del mediodía.