Más del 60% de los hogares salvadoreños tienen una mascota y en su mayoría son mestizos, es decir, que no tienen una raza específica. Las familias valoran cada vez más la compañía de los caninos, pero mantener una mascota conlleva responsabilidades legales, y su incumplimiento podrían llevarlo hasta la cárcel.
Recientemente una mujer en Soyapango fue sancionada por no brindar los cuidados necesarios a su mascota, que se encontraba en mal estado de salud, con problemas en la piel, desnutrición y un posible problema hepático.
La ley de Bienestar Animal establece, entre otras disposiciones, que toda persona responsable de un animal de compañía está obligada a:
– Proteger y promover su bienestar y no provocar maltrato, crueldad o sufrimiento.
– Mantener al animal es buen estado de salud y condiciones físicas y sanitarias adecuadas.
Y califica como infracciones muy graves.
– El abandono de animales de compañía dentro de un bien inmueble o en la vía pública.
– No proveer a los animales de compañía agua y alimentación; en perjuicio de la salud de estos.
– Dejar animales de compañía en abandono dentro de viviendas o en los establecimientos que se dediquen a su compraventa, encerrados por más de doce horas, sin alimentos, agua, acceso a luz, ni temperatura adecuada.
– Que el propietario o poseedor encargado permita que su animal de compañía esté en la vía pública sin identificación y sin supervisión; a excepción de los gatos que por su naturaleza pueden permanecer sin supervisión.
– Que el propietario o poseedor encargado permita que su perro que presenta problemas de socialización o conducta agresiva, permanezca en la vía pública sin bozal, correa o pechera adecuada a sus características físicas.
– Cuando el animal de compañía provoque daños materiales o personales a terceros.
– Realizar la modificación o mutilación estética en animales de compañía, en aquellos casos en que no se cuente con diagnóstico veterinario que motive técnicamente un procedimiento quirúrgico.
– La compra y venta de animales domésticos vivos en mercados municipales.
El instituto de Bienestar Animal contabiliza a la fecha 54 personas detenidas por violentar algunas de las disposiciones referidas. La entidad encargada de sancionar el maltrato animal es la alcaldía a la que pertenezca el lugar donde ocurrió el hecho.
Las municipalidades estipulan la pena de acuerdo con los siguientes criterios de gradualidad:
– La intensidad del daño ocasionado.
– La existencia de dolo o culpa.
– Los antecedentes del infractor y su reincidencia, si hubiese.
– La naturaleza y cuantía de los daños y perjuicios causados en bienes y/o personas.